domingo, abril 28, 2013

Exposición, por parte de Cuba, del II Examen Periódico Universal ante el Consejo de Derechos Humanos de la ONU



La ONU, que en los próximos días evaluará el cumplimiento de Cuba de tales derechos, publicaba y reconocía que Cuba había logrado ya casi todos los objetivos marcados a pesar del interminable y sangrante bloqueo socioeconómico.

En los próximos días tendrá lugar la exposición, por parte de Cuba, del II Examen Periódico Universal ante el Consejo de Derechos Humanos de la ONU. Un examen que probablemente vuelva a atacar la soberanía política, económica y social cubana (secuestrada en parte por el ilegal bloqueo norteamericano) y su lucha por la consecución de una sociedad participativa, justa y soberana.

Pero, ¿qué son los Derechos Humanos?

Los Derechos Humanos, tal y como son entendidos hoy, tienen su caldo de cultivo en la Francia de la Ilustración con la promulgación de “La Declaración Universal de los Derechos del Hombre” en 1787, es decir, en el momento histórico que vería germinar el Estado moderno burgués, su política, su economía y la conformación de una sociedad de clases enfrentadas entre quienes detentan la propiedad de los medios de producción y los trabajadores. De este contexto se desprenden los primeros derechos que fueron consagrados en los ordenamientos jurídicos internos del Estado e internacionalmente: la Primera Generación de derechos humanos, cuyo ámbito de interés se centra en los derechos civiles y políticos de los individuos.
Según su evolución histórica, los derechos humanos se clasifican por generaciones: desde la primera hasta la tercera (e incluso se habla de una cuarta generación relacionada con los ámbitos del medio ambiente, la bioética y los medios de comunicación).
A día de hoy, el documento base para el respeto y cumplimiento de los Derechos Humanos es La Declaración Universal de los Derechos Humanos promulgada en 1948, en plena Guerra Fría, en plena tensión ideológica, económica y social entre bloques. Esta declaración no es sino un compendio no jerarquizado, insuficiente, con deficiencias y vaguedades de ideas que finalmente se van tergiversando en base a las políticas unilaterales de los Estados (más en los política y económicamente más potentes), como se resumen en el texto que Alberto Forcada publicaba en 2005 en la Revista “El Espejo de Urania”. En resumen y citando también a Joaquín Herrera Flores1, fallecido en 2009, “El deterioro del medio ambiente, las injusticias propiciadas por un comercio y por un consumo indiscriminado y desigual, la continuidad de una cultura de violencia y guerras, la realidad de las relaciones transculturales y de las deficiencias en materias de salud y de convivencia individual y social, nos obligan a pensar y, por consiguiente, a enseñar los derechos desde una perspectiva nueva, integradora, crítica y contextualizada en prácticas sociales emancipadoras […] que exija “una teoría” que parta de una atención especial a los contextos concretos en que vivimos y “una práctica —educativa y social— acorde con el presente que estamos atravesando.2”
Es por ello que hoy, más que nunca, hemos de estudiar y analizar el contexto, el “por” y “para” quién están hechos y orientados esos preceptos y principios fundacionales de los Derechos Humanos contemporáneos, para establecer un análisis y realizar a su vez una crítica que profundice, que reoriente el cómo se entienden los Derechos Humanos hacia una emancipación no solo “política”, sino también, como decía Marx, “social”.
Citando al filósofo alemán, “la primera es esencialmente incompleta y ficticia y consiste en la liberación de la sociedad de las ataduras políticas tradicionales. Pero esta liberación no sólo deja subsistente la alienación fundamental, la social, sino que constituye un nuevo tipo de alienación: la alienación política, por la cual el hombre, en el Estado, donde el hombre vale como ser genérico, es miembro imaginario de una soberanía imaginaria, despojado de su vida real e individual y lleno de una universalidad irreal […] la segunda constituye […] el hombre auténtico, el hombre genérico reconciliado con su especie, y que no es, propiamente hablando, un individuo, sólo podrá surgir sobre las ruinas de la sociedad burguesa y de su ideología de los derechos del hombre3.

Cuba, los Derechos Humanos y el bloqueo

Mucho se ha escrito, criticado e inventado sobre los Derechos Humanos en Cuba. Por lo general, los grandes medios de comunicación tienden a ver la paja en el ojo ajeno y no la viga en el propio, obviando gran parte de los estudios e informes que organismos internacionales como Amnistía Internacional llevan a cabo sobre las grandes economías mundiales4. Entre ellas aparece España, cuyo respeto a tales Derechos (en cualquiera de las tres generaciones) parece estar quedando en agua de borrajas a pasos agigantados5,6.
Recientemente el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, organismo que en los próximos días evaluará el cumplimiento por parte del Estado Cubano de tales derechos, publicaba y reconocía que Cuba había logrado ya casi todos los objetivos marcados a pesar del interminable y sangrante bloqueo socioeconómico al que es sometido por parte de Estados Unidos. De hecho las propias Naciones Unidas desde hace más de 20 años reconocen a través de una resolución la “Necesidad de poner fin al bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por los Estados Unidos de América contra Cuba”.7 “Un bloqueo que viola flagrantemente todas las convenciones y postulados internacionales e interamericanos” en palabras del Presidente de la República de Ecuador, Rafael Correa quien instaba a la OEA a no “atropellar su propia Carta Magna” También solicitó ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos reconocer la realidad del bloqueo y plasmarlo fehacientemente en sus informes dado que, a día de hoy, en ningún informe se critica o condena la política belicista y colonialista norteamericana sobre Cuba, pero sí se carga contra el país caribeño. “Las irracionalidades son demasiado grandes y graves. No puede estar la sede de la CIDH en un país (Estados Unidos) que no ha firmado ninguno de los instrumentos interamericanos de derechos humanos, es demasiado irracional, demasiado absurdo” sentenciaba8.
De hecho, la situación de bloqueo enmascarado como embargo al que está sometida Cuba es totalmente ilegal. “Cuba no es deudora de los Estados Unidos y no ha cometido algún delito que autorice el secuestro y liquidación de sus bienes a favor de los Estados Unidos. Cuba no ha sido ni es una amenaza para la seguridad de los Estados Unidos, por lo cual resulta contrario, a la ley internacional, la pretensión de aplicarle medidas de legítima defensa. Los Estados Unidos emplean la figura del “embargo” para no reconocer que aplica a Cuba medidas de tiempo de guerra, de una guerra no declarada contra el pueblo de Cuba”. Por otra parte, el “aislamiento, la asfixia y la inmovilidad a la que someten a Cuba sí tipifican un “bloqueo”, lo que significa cortar, cerrar, incomunicar con el exterior para lograr la rendición del país por la fuerza o por el hambre.9” Por tanto, el bloqueo es ilegal en tanto en cuanto viola los principios y derechos fundamentales del derecho internacional de igualdad de soberanía, Principio de no intervención, Principio de la Independencia y Derecho a la nacionalización, a parte de los Derechos humanos propios del pueblo cubano.

Cuba y los Derechos Humanos de primera generación

Los derechos humanos concernientes a esta primera etapa datan de finales del siglo XVIII y se crean al calor de la revolución francesa y norteamericana. Como decíamos antes, son derechos paridos en el seno de la aparición del moderno estado burgués y remiten esencialmente a cuestiones civiles y políticas, buscando proteger al ciudadano de los abusos del Estado. Entre ellos cabría destacar el derecho a la libertad de expresión, el sufragio, el derecho de reunión y asociación pacífica, el derecho a la libertad de opinión o el derecho de no estar sometido a esclavitud o servidumbre.
Son precisamente estos aspectos los más rentables mediáticamente y los más frecuentemente utilizados como arma arrojadiza contra Cuba y su sistema, ya que desde países como el nuestro se niega la existencia de prácticamente todos ellos dentro de la mayor de las Antillas.
Es muy frecuente escuchar en los medios de comunicación que Cuba no dispone de elecciones democráticas o que expresar una opinión contraria al gobierno puede suponer la cárcel o la tortura; cosa ésta, por cierto, que en más de 50 años no ha podido ser probada.
Principalmente desde los Estados Unidos, aunque también muy fuertemente desde España, se aboga desde hace más de medio siglo por una Cuba democrática y libre en la que los ciudadanos puedan elegir quiénes les gobiernan. Sin entrar a discutir qué concepto de Democracia tienen Bush o Esperanza Aguirre, sería interesante entrar directamente en materia repasando unos pocos derechos concretos.10
Artículo 4: Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre; la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.
“Se calcula que en todo el mundo hay 158 millones de niños y niñas de entre 5 y 14 años que trabajan, lo que equivale a 1 de cada 6 niños y niñas. Millones de niños y niñas trabajan en condiciones de peligro”.11 Esta es la cifra que proporciona UNICEF restringida sólo al trabajo infantil (término éste que en 9/10 casos (sino en todos) debería reemplazarse por explotación infantil), sin ni siquiera entrar a valorar las condiciones cuasi esclavistas en las que viven millones de adultos a lo largo y ancho de todo el mundo. Sería de Perogrullo afirmar que ninguno de ellos es cubano.12
Por otro lado también sería interesante, aunque éste no es el momento, analizar el concepto de servidumbre pasándolo por el tamiz de un país en el que si deseas adquirir una vivienda deberás permanecer atado a una hipoteca durante 35 o 40 años.
Artículo 5: Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Mucho se ha dicho sobre el uso sistemático de la tortura en cárceles cubanas, pero desde el triunfo de la Revolución esto no ha podido ser probado. Testimonios contradictorios y vaguedades que no servirían a ningún juez para esclarecer el asunto han sido la punta de lanza en este asunto para arremeter contra Cuba. De hecho, estas posibles prácticas son ilegales y altamente perseguidas por el gobierno de la isla13, algo que no parecer suceder en todos los estados.14
Tampoco se han visto nunca imágenes de la policía cubana agrediendo al pueblo a golpe de tolete15 y balas de goma. Teniendo en cuenta lo agresiva que es la propaganda mediática en nuestro país, es curioso que escaseen imágenes en las que el pueblo cubano se enfrente violentamente a las fuerzas del orden. De hecho en ocasiones ha sido la propia policía cubana quien ha tenido que defender a colectivos sospechosos de funcionar como agentes al servicio de la ingerencia extranjera16 para garantizar su seguridad.
Por otro lado sí que existe un punto en la isla de Cuba donde la tortura es algo sistemático y donde la legalidad internacional, los derechos humanos y la ética misma brillan por su total ausencia: la base de Guantánamo.17
Artículo 11: Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
El juicio contra Ángel Carromero ha sido “correcto, limpio y procesalmente impecable. Se han respetado todas las normas del proceso”18
Estas declaraciones pertenecen al cónsul general de España en Cuba, Tomás Rodríguez Pantoja, quien estuvo presente durante el proceso y el juicio e incluso alabó el trabajo de la abogada cubana de Carromero y señaló el buen trato que recibía de las autoridades isleñas. A pesar del valor jurídico y testimonial de estas declaraciones, no tuvieron mucho eco en la prensa generalista y fueron eclipsadas totalmente por las soflamas sin corroborar y las informaciones inventadas de personas como Esperanza Aguirre.
En cualquier caso, Carromero fue a Cuba a realizar actividades ilegales dentro del país y su conducción temeraria provocó la muerte de dos personas. Aun con todo fue procesado dentro de la corrección y la legalidad y condenado dentro del marco jurídico cubano, a pesar de lo cual no tardó en pisar la calle a su vuelta a España.
Artículo 19: Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
Éste es uno de los puntos más utilizados por los detractores de Cuba para demonizarla. Se niega reiteradamente que exista la libertad de expresión o la libertad de prensa. Obviando lo peliagudo y discutible del asunto, puesto que no son pocos los que se cobijan bajo el paraguas de la libertad de expresión para difamar y calumniar19, sería conveniente anotar un par de cosas.
Los medios de mayor difusión suelen afirmar sin despeinarse que en Cuba, quien expone una opinión contraria al gobierno puede acabar en la cárcel sin más, y que la libertad de expresión es muy limitada o nula. También son internacionalmente conocidos los cubanos que desde dentro de la isla critican abiertamente al gobierno y que son reconocidos como “disidentes”. Muchos de ellos son individuos que reciben dinero directamente desde Estados Unidos como parte de una estrategia de ingerencia llevada a cabo por Washington desde los años sesenta, lo que viola las leyes de Cuba sobre soberanía nacional.
Pero incluso así parece que no son muchos los que perciben la gran paradoja del asunto en cuestión: “disidentes” como Yoani Sánchez arremeten sistemáticamente contra el gobierno de Cuba y contra la falta de libertad de expresión, pero lo hacen continuamente, desde la propia Habana y a menudo vía Twitter, o incluso dando ampulosas ruedas de prensa a medios extranjeros, pero no son arrestados y sus apariciones públicas son cada vez más frecuentes. (Para ello basta con revisar los “tweets” de la famosa bloguera).
Artículo 20: Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas. Artículo 21: Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
El último y quizá mayor y más difundido mito sobre Cuba es que se trata de una dictadura rígida y feroz donde el poder descansa única y exclusivamente en la figura del presidente, en este caso Raúl Castro. El sistema capitalista no acepta que otros países decidan organizarse de manera más equitativa, más justa y quizá más democrática. Para empezar hay que destacar que Cuba sí posee un sistema en el que se celebran elecciones de forma periódica.20 Cada dos años y medio se eligen a delegados y delegadas a las asambleas municipales y cada cinco hay tanto elecciones provinciales como generales, es decir, de diputados y diputadas a la asamblea nacional.
Todos los ciudadanos pueden auto proponerse para delegados o proponer a otros y no necesitan estar afiliados al Partido Comunista de Cuba; de hecho muchos son los vecinos que ostentan cargos públicos y no están afiliados a ningún partido político.21
Estas elecciones son tildadas constantemente de “fraude” o de “trámite” puesto que no se ajustan al modelo europeo o norteamericano. Podemos trazar un breve paralelismo con Venezuela, ya que Hugo Chávez era calificado constantemente como dictador; un dictador muy curioso ya que llegó a perder un referéndum.22
También se exige constantemente la legalización de más partidos políticos23 y la “transparencia” en las elecciones; a esto también hay que añadir el respeto a los “opositores y disidentes”. Pero la verdad es que el sistema electoral cubano no excluye a nadie y dado que todos los ciudadanos pueden ser elegidos, hay “disidentes” que no han dudado en intentar formar parte de ese mismo sistema electoral al que tanto atacan24(enlace muy recomendable), un sistema electoral que podría darle lecciones al nuestro en lo que a equidad se refiere.
Por otro lado son bastante comunes y conocidas las marchas de las llamadas Damas de blanco sobre La Habana, marchas que son perfectamente permitidas aunque no gocen de casi ningún respaldo popular.
A la luz de los datos y de la situación actual, deberíamos realizar una profunda autocrítica y preguntarnos qué países son los que gozan de mayor salud democrática y en cuáles los derechos humanos no funcionan sólo como arma arrojadiza cuando interesan al prócer de turno.

David Santirso Ruiz
Borja Pérez Alvarez

NOTAS

1. Profesor de Filosofía del Derecho y Teoría de la Cultura de la Universidad Pablo de Olavide, es presidente de la Fundación Iberoamericana de Derechos Humanos
2. “La complejidad de los Derechos Humanos. Bases teóricas para una redefinición contextualizada” en Revista Internacional de Direito e Cidadania; n.1; Pág. 104
3. http://pensaryhacer.files.wordpress.com/2008/10/la_sagrada_familia.pdf
4. http://lacebolla.es/?p=9682
5. http://www.rebelion.org/noticia.php?id=92688
6. http://www.laverdad.es/murcia/rc/20130222/
sociedad/critica-detencion-indiscriminada-papeles-201302221414.html
7. http://foros.acnu.org.cu/
8. http://www.tercerainformacion.es/spip.php?article49848
9. http://www.embajadacuba.com.ve/bloqueo/7-preguntas-sobre-bloqueo/
10. http://www.ohchr.org/EN/UDHR/Documents/UDHR_Translations/spn.pdf
11. http://www.unicef.org/spanish/protection/index_childlabour.html
12. http://www.youtube.com/watch?v=PCxKFLqIXUU
13. http://www.elmundo.com/portal/noticias/
internacional/cuba_a_examen_por_torturas.php
14. http://ccaa.elpais.com/ccaa/2012/11/23/catalunya/1353685762_721715.html
15. http://www.youtube.com/watch?v=3_4f6Nn-EnU
16. http://www.elmundo.es/america/2010/04/06/cuba/1270515910.html
17. http://www.youtube.com/watch?v=NBNQp_27Vsw
18. http://www.abc.es/20121006/internacional/abci-proceso-carromero-201210060453.html
19. http://estaticos.elperiodico.com/resources/jpg/7/4/1336545035147.jpg
20. http://www.siporcuba.cl/DD.HH/
El%20sistema%20pol%C3%ADtico%20y%20electoral%20cubano.pdf
21. http://www.cubainformacion.tv/index.php/
lecciones-de-manipulacion/48159-elecciones-en-cuba-datos-que-el-
mundo-no-debe-conocer-para-que-no-pueda-comparar
22. http://es.reuters.com/article/topNews/idESROD32179620071203
23. http://es.wikipedia.org/wiki/Categor%C3%ADa:Partidos_pol%C3%ADticos_de_Cuba
24. http://www.bbc.co.uk/mundo/america_latina/
2010/03/100312_0021_cuba_disidentes_elecciones_gz.shtml

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