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sábado, febrero 10, 2018
Ley Sáenz Peña: alcances y límites de la reforma política
En 1912 se dictaba la ley que limitaba las posibilidades de fraude electoral mientras seguía excluyendo de la participación política a mujeres y extranjeros.
El 10 de febrero de 1912 el Congreso Nacional sancionaba la ley electoral que se conoció por el nombre del presidente de la Nación, Roque Sáenz Peña. Las reglas de juego electoral cambiaban; a partir de ese momento quedaba establecido, por ejemplo, que:
“Art. 1. Son electores nacionales los ciudadanos nativos y los naturalizados desde los diez y ocho años cumplidos de edad.
Art. 5. El sufragio es individual, y ninguna autoridad, ni persona, ni corporación, ni partido o agrupación política puede obligar al elector a votar en grupos.
Art. 39. Si la identidad (del elector) no es impugnada, el presidente del comicio entregará al elector un sobre abierto y vacío, firmado en el acto por él de su puño y letra, y lo invitará a pasar a una habitación contigua a encerrar su voto en dicho sobre.”
Solo los hombres votaban, debían ser argentinos o nacionalizados. La definición de “ciudadanos” excluía así a casi la mitad de la población formada por mujeres y extranjeros, quienes constituían una enorme proporción de la población trabajadora.
Pero además estaban excluidos del derecho al voto los habitantes de los Territorios Nacionales, es decir aquellos que no constituían provincias, las cuales eran sólo 14 por aquellos años, con una buena parte de población originaria.
La ley establecía junto con el voto secreto y obligatorio, cláusulas para la incorporación de las minorías al parlamento mediante la “lista incompleta”, para permitir la integración de la UCR e incluso del Partido Socialista a las instituciones del nuevo régimen.
Así, una pequeña parte de la población tenía derecho, en verdad, a ejercer el sufragio, el más elemental de los derechos en los que se basan las democracias burguesas. Aun con estos evidentes límites al ejercicio de la democracia, esta ley implicó una ampliación de las condiciones de participación política de la ciudadanía. ¿Qué características tenía entonces el régimen que esta ley vino a cambiar?
El régimen oligárquico
El “régimen conservador” que se consolidó hacia 1880 garantizaba la dominación política de los sectores hegemónicos de la clase dominante, fundamentalmente los grandes terratenientes vinculados a la exportación de materias primas y al capital británico. Las clases dominantes se aseguraban el ejercicio directo y monopólico del poder político a través de una serie de mecanismos.
Este sistema aseguraba, en primer lugar, el ejercicio de la presidencia al candidato elegido por el partido gobernante con acuerdo de los gobernadores provinciales y, en el último tramo, a través del funcionamiento del colegio electoral que elegía al presidente, que no debía ser necesariamente el votado por la mayoría de los ciudadanos. A través de este mecanismo previsto en la Constitución los ciudadanos votaban en forma indirecta al presidente (fue así hasta la reforma constitucional de 1994) eligiendo electores que, reunidos en Colegio electoral, podían modificar un improbable resultado adverso en las elecciones fraudulentas.
Entre una instancia y la otra funcionaban diversas formas de fraude. Desde la conformación de las comisiones empadronadoras, la formación del registro de electores, la repetición del voto en diferentes lugares o la compra de sufragios. La práctica del voto cantado que obligaba a los votantes a expresar su elección a viva voz frente a las autoridades fue de las más criticadas -junto con la manipulación de los padrones y de las actas- ya que exponía a los votantes a la presión o la represalia de los punteros electorales e incluso de sus patrones.
Estas restricciones aseguraban el ejercicio monopólico del poder político en manos de una reducida elite unida por lazos económicos y familiares a las clases más poderosas de la sociedad. Este régimen, cuya razón de ser era excluir a las mayorías trabajadoras de cualquier decisión, dejaba también fuera del aparato del Estado a sectores de la propia oligarquía y, cada vez más, de los sectores medios de la población.
Los primeros cuestionamientos
Por esto el radicalismo surgió a fines del siglo XIX al calor del cuestionamiento de las formas restrictivas del régimen conservador. Tres levantamientos radicales precedieron a la ley Sáenz Peña, levantando como bandera la reforma política (en 1890, el que dio origen a la Unión Cívica Radical poco después, en 1893 y en 1905).
En estos años la organización y la lucha de la clase obrera se transformó en un factor de primer orden para impulsar una política transformista en la clase dominante. Medidas de carácter coercitivo adoptadas desde el Estado, como la Ley de Residencia (1902), la Ley de Defensa Social (1910), aunque golpearon ferozmente a los sectores más combativos de la clase obrera, se habían mostrado insuficientes.
La oligarquía esperaba, modificando las formas de representación política, encontrar una válvula de escape a la aguda lucha de clases protagonizada por la combativa clase obrera, uno de cuyos momentos más álgidos tuvo lugar en los enfrentamientos del Centenario, un par de años antes de la sanción de la ley. La Ley Sáenz Peña pretendía responder a la crisis de legitimidad del régimen político como modo de garantizar la estabilidad del sistema incorporando sectores más amplios a través de mecanismos de consenso. Esperaba, además, seguramente, que los límites de la reforma volvieran a poner el gobierno en manos de algún sector reformista del viejo partido conservador.
La Ley Sáenz Peña en funcionamiento
Sin embargo, en las elecciones parlamentarias de 1913, el Partido Socialista ganó la primera mayoría en la Ciudad de Buenos Aires, ingresando por primera vez un socialista, Del Valle Iberlucea, al Senado. En 1914 volvió a ganar el PS las legislativas de la Ciudad, sumando 5 nuevos diputados, mientras el radicalismo triunfaba en Entre Ríos y Santa Fe. En 1915, los radicales controlaban las gobernaciones de Córdoba, Santa Fe y Entre Ríos, y fueron segunda fuerza en Buenos Aires.
En las elecciones presidenciales de 1916, la UCR obtuvo el 45,59 % de los votos en todo el país, ganando así la presidencia con Hipólito Yrigoyen. En estas elecciones la UCR y el PS sumaron el 89,4 % de los votos en la Ciudad de Buenos Aires. Los conservadores tradicionales, que se mantuvieron como partidos provinciales, alcanzaron un 25 % de los votos a presidente, triunfando en la provincia de Buenos Aires por escaso margen. El Partido Demócrata Progresista obtuvo un 13,23 % a nivel nacional, y el PS un 8,8 %, aunque en la Ciudad alcanzaron un importante 41,3 %. [1]
La puesta en práctica de la ley fue un golpe para los representantes de la “vieja política”. Las formas del régimen cambiarán ahora sujetas como estaban al mantenimiento de una base de apoyo electoral.
Sin embargo, los nuevos representantes estarán tan atados como los viejos a los intereses de la gran propiedad terrateniente y el capital extranjero. Los gobiernos radicales serán una muestra de ello. Mientras tanto, la ampliación del juego electoral reforzará el ya profundo reformismo del Partido Socialista, una de las direcciones más importantes de la clase obrera. [2]
Los límites de la “democratización” que se impulsa con la Ley Sáenz Peña se encuentran entonces en el mantenimiento de las relaciones de clase que se conservan intactas dentro del modelo primario-exportador y en la conformación de la Argentina capitalista cada vez más dependiente del imperialismo. Así, aunque formalmente se asumen algunos mecanismos democráticos, el poder real –como en toda democracia burguesa y más aún en un país semicolonial– sigue en manos de las grandes corporaciones, de los capitales nacionales y extranjeros.
Alicia Rojo
Historiadora UBA
Notas
1. Ver, por ejemplo, David Rock, El radicalismo argentino, 1890-1930, Bs. As., Amorrortu, 1977 y Milcíades Peña, Masas, caudillos y elites, Bs. As., Ediciones Fichas, 1973.
2. El análisis de los gobiernos radicales y del movimiento obrero en la etapa se desarrollan en "Cien años de historia obrera. De los orígenes a la Resistencia (1870-1969).
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