domingo, agosto 10, 2025

Un fallo bochornoso confirma el procesamiento de Vanina Biasi por denunciar el genocidio en Gaza


Vanina Biasi, legisladora electa de la ciudad de Buenos Aires 

La sala 1 de la Cámara Criminal y Correccional Federal ratificó el procesamiento de la dirigente del Partido Obrero y legisladora porteña electa, Vanina Biasi, a raíz de mensajes en redes sociales en que denunció el genocidio contra el pueblo palestino. Se trata de un nuevo fallo bochornoso, en especial si se tiene en cuenta que la hambruna inducida contra el pueblo de Gaza, los crímenes en las filas de reparto de ayuda humanitaria y el plan de “ocupación total” del territorio costero, anunciado por el primer ministro israelí, Benjamin Netanyahu, le han dado toda la razón a nuestra compañera en sus aseveraciones.
 El fallo de la cámara confirma el procesamiento dictado por el juez federal Daniel Rafecas, quien dictó la medida en una causa que tiene como querellante a la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (Daia) y a la operadora mediática del sionismo, Romina Manguel. Bajo una falsa premisa, que equipara antisionismo y antisemitismo, y, por tanto, toda crítica al Estado de Israel con una crítica al pueblo judío, Biasi fue acusada de violar la ley antidiscriminación (ley 23.292), que se pena con un mes a tres años de prisión. Además, ratificaron un embargo por 10 millones de pesos. 
Los argumentos son tan endebles que, en este nuevo fallo, el voto del juez Mariano Llorens –uno de los tres integrantes del tribunal- no refuta el planteo de la defensa de que antisionismo no es igual antisemitismo, sino que critica el “contexto” y las formas en que las opiniones fueron vertidas.
 “Si bien se comprenden las diferencias enfatizadas por la defensa, lo cierto es que lo trascendente, a la hora de ponderar la gravitación de estos asuntos, es comprender la dimensión integral del hecho. En otra época, con otras tecnologías y otros canales de expresión, esa sutileza podía adquirir sentido y despejar un terreno de otro. Sin embargo, en el ecosistema digital que rodea nuestra vida actual, los mensajes difundidos a través de redes sociales adquieren una lógica propia que puede transformar su sentido original”, dice Llorens (negritas nuestras). 
 Sigue el fallo: “A diferencia de la comunicación interpersonal, en la que la relación entre los participantes del discurso, el contexto y los matices que le impriman pueden racionalizarse con mayor precisión, en el espacio virtual ese cariz pierde especificidad, masificándose y descontextualizándose (…)” (negritas nuestras).
 El argumento es insólito, porque responsabiliza a Biasi, no por lo que dijo, sino por cómo se puede interpretar lo que dijo y por hacerlo desde sus redes sociales y no, por caso, desde algún dispositivo del pasado (de otra época), o en forma “interpersonal”. 
 Las consecuencias que esto supone para la libertad de expresión son graves. En nombre de las distorsiones que introducen las redes -donde, dicho sea de paso, opera un ejército de trolls del oficialismo especializado en la tergiversación-, habría que autocensurarse de antemano a la hora de emitir opiniones políticas, por el riesgo de que sean malinterpretadas. Todo esto muestra que la causa contra Vanina no solo es una mordaza a los que denuncian el genocidio, sino un ataque más general a la libertad de expresión. 
 El voto conjunto de los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi, en tanto, señala: “Más allá de las explicaciones brindadas por la propia Vanina Biasi en su descargo -junto con los argumentos expuestos por su defensa respecto de la intención subjetiva de su mensaje y del alcance que pretendía darle a sus expresiones, lo cierto es que, en el marco en que fueron realizadas, se observan como perjudiciales y discriminatorias para la comunidad judía, afectando su dignidad y derechos, y excediendo el umbral de protección que el orden jurídico le reconoce a expresar libremente sus ideas”.
 ¿Por qué ofendería a la comunidad judía? Según los magistrados, “Biasi ha empleado expresiones tales como ‘nazi’; ‘Estado terrorista, genocida’; ‘genocidio’; ‘apartheid’; ‘antisemita’; ‘racismo’; ‘exterminio’; ‘fascista’; ‘Holocausto’, entre otras. Si bien el uso aislado de dichos términos, no configuraría, en abstracto, una conducta penalmente relevante, en el caso concreto, y atendiendo el contexto comunicacional y el contenido global en el que fueron proferidos, su significación adquiere una connotación típica”. 
 Este voto, por tanto, retoma el planteo de que no se puede acusar al Estado de Israel como tal por el genocidio en curso en la Franja de Gaza, pese a que dicha denuncia incluye hoy a organismos internacionales, Estados y aun rectores de universidades israelíes.
 La cámara que confirma el procesamiento de Biasi es la misma que ratificó el procesamiento de Eduardo Belliboni y la dirección del Polo Obrero, en noviembre de 2024, en la causa trucha por supuestas irregularidades en el manejo de planes sociales que impulsa el gobierno de Milei, como parte de sus políticas de criminalización de la protesta social. Es un ensañamiento contra los luchadores.
 La confirmación del procesamiento –que será apelado ante una cámara de casación- desató rápidamente mensajes de solidaridad con Vanina por parte de organizaciones sociales, periodistas y diputados nacionales. 
 Este 9 de agosto, marchamos a Plaza de Mayo contra el genocidio en Gaza, contra la persecución a quienes denuncian la masacre y contra la invitación del gobierno argentino a Netanyahu a la Argentina. 
 Absolución de Vanina Biasi. Antisionismo no es antisemitismo. 

 Gustavo Montenegro

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