Los medios de todo el país coincidieron en considerar como un guiño al Gobierno el fallo de la Corte Suprema de ayer que dejó sin efecto una sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que calculaba para una indemnización la capitalización sucesiva de intereses, lo que representaba un porcentaje superior a la inflación. El fallo de la Corte, que todavía esquiva pronunciarse sobre el DNU 70/2023, solo tiene implicancias puntuales. Pero va en línea con la agenda del Gobierno y de la clase capitalista en su conjunto contra los juicios laborales, los cálculos indemnizatorios y las multas por incumplimientos contractuales.
El caso es simple de entender: la Justicia del Trabajo falló en un juicio por una indemnización fijándola en 2 millones de pesos en febrero de 2015: el empleador se abstuvo de pagarla hasta ahora y la CNAT la calculó a un interés del 7745,3%, acumulando anualmente el interés para la base de cálculo, lo que derivó en la cifra de 165 millones de pesos. El empleador apeló a la Corte Suprema que falló finalmente ayer, rechazando la fórmula de cálculo por excesivo y contrario al artículo 770 del Código Civil y Comercial, que limita el anatocismo (el cobro de intereses sobre intereses).
Un dato relevante es que la Suprema Corte se abstuvo de calcular los intereses y devolvió el caso a la Cámara de Apelaciones. Es decir que rechazó la fórmula de cálculo, pero no explicitó cual debe ser aplicada. El cálculo de interés compuesto de parte de la CNAT, que llevó a 165 millones la indemnización, aunque suena exorbitante, no es mucho más que los 2 millones ajustados por inflación, que da 103 millones.
El núcleo del problema es que, en un acta de 2022, la Cámara del Trabajo modificó el modo de cálculo de los intereses en las indemnizaciones, agregando una capitalización anual. De este modo, se incrementa exponencialmente el impacto del interés resarcitorio sobre cualquier reclamo laboral. Esta acta dio por tierra con una de las principales estrategias de los empleadores en la justicia, que es la demora interminable en el pago de los juicios laborales.
La demora sin fin tiene consecuencias enormes a la hora de litigar: los trabajadores son desalentados de demandar por estas dilaciones; entre quienes litigan, la mayoría llega los arreglos previos por cifras mucho menores de las correspondientes en juicio. Por eso mismo, la primera línea de las cámaras empresariales (la UIA, IDEA, ADEFA, la Cámara de Comercio, etc.) habían planteado ante la Cámara del Trabajo y la Corte Suprema para que revisaran el acta 2.764 frente a “los intereses exorbitantes” en pagos por juicios laborales.
El fallo de la Corte sobre el caso Oliva representa un golpe a los intereses de los trabajadores y favorece la táctica judicial de la clase capitalista de dilatar al máximo los juicios sin pagar un peso por ello. Este fallo, por lo pronto, tendrá repercusiones inmediatas, porque todos los fallos laborales indemnizatorios calculados luego del Acta de 2022 apelarán a la Corte Suprema para que rechace la modalidad de cálculo de intereses acumulados.
Los fallos de la Corte Suprema contra la clase obrera demuestran la continuidad de la orientación social del régimen: toda la contrarrevolución laboral llevada adelante por el capital en los últimos años -el contrato individual, la ilegalidad de las luchas obreras autoconvocadas, la destrucción de los derechos resarcitorios en accidentes de trabajo- cuentan con el aval de los fallos del Supremo Tribunal de Justicia de la Nación.
Pablo Busch
01/03/2024
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