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martes, enero 15, 2008
LA INCREÍBLE HISTORIA DE CINCO HOMBRES PRESOS EN ESTADOS UNIDOS POR LUCHAR CONTRA EL TERRORISMO
¿Quiénes son los Cinco Héroes cubanos encarcelados en Estados Unidos?
Cinco jóvenes profesionales que decidieron dedicar sus vidas, lejos de su patria, a la lucha contra el terrorismo en la ciudad de Miami, centro principal de las agresiones contra Cuba.
Antonio Guerrero (Miami,1958) Ingeniero en Construcción de Aeródromos, poeta, dos hijos. Fernando González (La Habana, 1963), casado, graduado del Instituto de Relaciones Internacionales (ISRI), del Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba. Gerardo Hernández (La Habana, 1965), casado, graduado del ISRI, caricaturista. Ramón Labañino (La Habana, 1963), casado, tres hijas, graduado de Licenciatura en Economía en la Universidad de La Habana y René González (Chicago, 1956), casado, dos hijas, piloto e instructor de vuelo.
¿Por qué estaban en Estados Unidos?
Partieron hacia ese país para obtener información sobre los planes de las organizaciones terroristas que tienen su base de operaciones, desde hace muchos años, en la ciudad de Miami, entre ellas, la Fundación Nacional Cubano-Americana (FNCA), El Consejo para la Libertad de Cuba (CLC), Hermanos al Rescate, Movimiento Democracia, Alpha-66 y otras muchas de conocida trayectoria delictiva.
Entre las actividades terroristas de esos grupos se cuentan numerosos sabotajes y agresiones contra Cuba, con un saldo de miles de muertos, heridos y grandes pérdidas económicas, contrabando de armas, drogas y personas e, incluso, han fraguado cientos de planes para tratar de asesinar al presidente cubano Fidel Castro y realizado acciones terroristas en el propio territorio estadounidense y en terceros países.
Violaciones del debido proceso:
Los cinco fueron sometidos a un juicio manipulado en la propia ciudad de Miami, completamente hostil y dominada por la mafia de origen cubano, donde era imposible realizar un proceso justo e imparcial, a tenor con las propias leyes de los Estados Unidos y del Derecho Internacional. Los sectores anticubanos desataron una falaz e intensa campaña propagandística para presionar a la opinión pública de Miami y al jurado, lo que fue reiteradamente denunciado por los abogados de la Defensa, quienes presentaron varias mociones de solicitud de un cambio de sede que fueron rechazadas.
Lo anterior viola la letra de la Quinta Enmienda de la Constitución de Estados Unidos que expresa: “...a nadie se le privará de la libertad sin el debido proceso legal...” y también se viola la Sexta Enmienda que señala: “...en toda causa criminal, el acusado gozará de ser juzgado rápidamente y en público por un jurado imparcial...”
Durante todo el proceso legal las autoridades obstaculizaron el trabajo de la Defensa al demorar y limitar el acceso solo al 20 % de la documentación sospechosamente clasificada como secreta y aún, cinco años después, se les impide acceder a esos miles de documentos para sustentar el proceso de apelación.
¿Cuáles fueron los cargos imputados?
Conspiración para cometer asesinato en primer grado
Gerardo Hernández fue el único acusado de este cargo por propiciar supuestamente el derribo, el 24 de febrero de 1996, de dos avionetas de la organización terrorista Hermanos al Rescate . Al final del proceso la Fiscalia comprendió que no podía probar este cargo según las instrucciones dadas por la jueza por lo cual solicitó a la Corte de Apelaciones de Atlanta fuera desestimado. La apelación no prosperó y contrario a toda lógica, el jurado lo declaro culpable.
Conspiración para cometer espionaje
De este cargo fueron instruidos Gerardo Hernández, Ramón Labañino y Antonio Guerrero. Ninguno de ellos realizó actividades de espionaje contra Estados Unidos pues, según establece la ley norteamericana, un espía es aquella persona que roba u obtiene documentación clasificada como secreta, debidamente resguardada con el propósito de entregarse a un gobierno extranjero. Durante el juicio no hubo evidencias de que ellos hubiesen obtenido información del gobierno de los Estados Unidos o información peligrosa para la seguridad de este país.
Varios expertos y autoridades, como los generales Charles Whilhem y Edward Atkinson, el almirante Eugene Carol y el coronel George Buckner testificaron que los acusados no tenían acceso a información clasificada e incluso James Clapper, ex director de la Agencia de Inteligencia del Pentágono, testigo de la Fiscalía, reconoció que los acusados no habían realizado espionaje contra Estados Unidos, sin embargo, sus testimonios no fueron tomados en cuenta, lo que ratifica la arbitrariedad del fraudulento proceso de marcado signo político.
Los cinco cubanos tenían exclusivamente la misión de obtener información sobre los planes de los grupos terroristas radicados en el sur de La Florida los que, mas allá de los desatinos del proceso judicial, no forman parte del gobierno de Estados Unidos.
Conspiración para cometer delito contra Estados Unidos
De este cargo fueron acusados los cinco cubanos cuando ellos exclusivamente buscaban información sobre los planes que fraguaban las organizaciones terroristas radicadas en Miami y, bajo ningún concepto, otras que pudieran afectar la seguridad nacional de Estados Unidos, lo que fue probado por la Defensa y ratificado por varios testigos durante el proceso.
Identidad y documentación falsa
Para poder penetrar y enfrentar los planes de esas organizaciones, tres de los cinco luchadores antiterroristas se vieron ante la necesidad de ocultar sus verdaderas identidades.
En Derecho existe la doctrina de Estado de Necesidad la cual sostiene que para evitar la comisión de un delito mayor- en este caso asesinatos y actos de terrorismo- justifica se pueda incurrir en delitos menores, como utilizar identidad y documentación falsas para proteger sus actividades y sus vidas, tomando en cuenta que los cinco jóvenes actuarían en medio de grupos de asesinos y terroristas de largo historial.
Agentes no registrados de un gobierno extranjero
Tomando en consideración los objetivos de su trabajo, los peligros que este entrañaba y la sistemática política de hostilidad del gobierno de los Estados Unidos contra Cuba no era posible que los cinco se registrasen como agentes del gobierno cubano.
Es un hecho ampliamente conocido que esos grupos terroristas y sus cabecillas actúan impunemente en Miami y gozan de la protección de sus autoridades. El propio jefe del Buró del FBI en Miami, Héctor Pesquera, declaró que los dirigentes de la Fundación Nacional Cubano- Americana y del Consejo por la Libertad de Cuba eran personas respetables y de absoluta confianza, reiterando que jamás investigarían oficialmente las actividades de aquellos que auspician y financian las acciones terroristas contra Cuba.
Si ambas organizaciones son las principales responsables de la mayoría de los actos terroristas cometidos contra Cuba en los últimos 15 años, ¿ Que les hubiera pasado a los Cinco si se hubieran registrado ante las autoridades de Miami como personas que trabajan para el gobierno de Cuba.? Por eso es que se vieron forzados a no registrarse como agentes de un gobierno extranjero.
Injustas y desmesuradas sentencias
Después de un proceso ilegítimo la jueza, que no aceptó ninguna de las atenuantes de la Defensa y aplicó todas las agravantes de la Fiscalía, dictó sentencias desmesuradas e injustas, aplicando las máximas condenas en cada caso, aun cuando los cargos principales no pudieron ser probados, vulnerando, entre otros, el Articulo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de Naciones Unidas que refrenda “... toda persona tendrá derecho a ser oída públicamente y con las debidas garantías por un tribunal competente, independiente e imparcial...”
Gerardo Hernández, sentenciado a dos cadenas perpetuas por conspiración para cometer asesinato en primer grado y conspiración para cometer espionaje, respectivamente.
Además, 15 años por los cargos de conspiración para cometer delito contra Estados Unidos, documentación falsa y agente extranjero sin previa declaración al Fiscal de Estados Unidos.
Ramón Labañino, condenado a cadena perpetua por el cargo de conspiración para cometer espionaje, más 18 años por los cargos de conspiración para cometer delito contra Estados Unidos, documentación falsa y agente extranjero sin previa declaración al Fiscal de Estados Unidos.
Antonio Guerrero, sentenciado a cadena perpetua por conspiración para cometer espionaje, más 10 años por los cargos de conspiración para cometer delito contra Estados Unidos y agente extranjero sin previa declaración al Fiscal de Estados Unidos.
Fernando González, 19 años de prisión por conspiración por cometer delito contra Estados Unidos, documentación falsa y agente extranjero sin previa declaración al Fiscal de Estados Unidos.
René González, 15 años de privación de libertad por los cargos de conspiración para cometer delito contra Estados Unidos y agente extranjero sin previa declaración al Fiscal de Estados Unidos.
Otras violaciones de los Derechos Humanos
El gobierno de Estados Unidos ha obstaculizado sistemáticamente las visitas de las madres, esposas e hijos de los prisioneros, lo que constituye una sanción adicional para ellos y sus seres queridos. Adriana Pérez y Olga Salanueva, esposas de Gerardo Hernández y de René González, respectivamente, e Ivette González, la pequeña hija de René, no han podido visitarlos desde hace más de cinco años. De igual manera, las autoridades norteamericanas han dificultado las visitas de los abogados de la Defensa y las de funcionarios consulares cubanos radicados en Estados Unidos, lo que desconoce arbitrariamente el Articulo 37 de las Reglas Mínimas para el Tratamiento de Reclusos:
“ Los reclusos-expresa-estarán autorizados para comunicarse periódicamente, bajo la debida vigilancia, con su familia y con amigos de buena reputación, tanto por correspondencia como mediante visita.”
Separados entre si en prisiones alejadas unas de otras, los cinco han sido sometidos a duros castigos para tratar de quebrar su integridad psíquica y física, confinamientos en solitario en celdas de castigo (huecos) por periodos de 17 meses y 48 días sin haber cometido falta alguna a despecho del propio Reglamento del Buró de Prisioneros de Estados Unidos que precisa: “...el tiempo máximo de confinamiento en celdas de castigo no debe exceder 60 días...”. y del Articulo 7 del Pacto Internacional de Derechos Cívicos y Políticos que señala: “ Nadie será sometido a torturas, ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes...”
Los cinco luchadores contra el terrorismo han recibido tratamiento de delincuentes comunes y con ellos conviven en las penitenciarias, lo que viola el Articulo 8 de las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos: “ Los reclusos pertenecientes a categorías diversas deberán ser alojados en diferentes establecimientos o en diferentes secciones dentro de los establecimientos según su sexo y edad, sus antecedentes y motivos de detención...”
¿Cuáles son los argumentos de la Defensa ante la Corte de Apelaciones?
Teniendo como precedente la decisión de la Corte Suprema de Estados Unidos en el caso Pamplin vs. Mason, en que esta falló que no se puede juzgar a nadie en un lugar donde existan comprobados y masivos prejuicios sobre las personas a juzgar, solicitan se anule el juicio y se celebre otro en una nueva sede, fuera de la ciudad de Miami, donde es conocido que existe una profunda hostilidad contra los revolucionarios cubanos, que es el caso de los jóvenes encarcelados.
Si la Corte de Apelaciones de Atlanta anula el juicio anterior y se realiza uno nuevo fuera de la ciudad de Miami, respetando las reglas del debido proceso, se podría contar con un jurado imparcial, que no estuviera lastrado por prejuicios políticos y sometido a presiones de toda índole, lo que permitiría comprobar la inocencia de los cinco cubanos de los graves cargos que se les imputan.
Que prevalezca la verdad y la justicia
El día 10 de marzo del 2004 tuvo lugar la vista oral en el tribunal de Miami ante los jueces de la Corte de Apelaciones, mientras se espera el fallo de esa instancia judicial, que puede prorrogarse hasta varios meses, apelamos a las personas dignas y de buena voluntad a que se sumen al creciente movimiento de solidaridad con los Cinco Héroes cubanos prisioneros políticos en Estados Unidos.
Estos jóvenes luchadores contra el terrorismo deben ser reconocidos como defensores de los Derechos Humanos, status instituido en la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos, aprobada en 1998 por la Asamblea General de Naciones Unidas, para quienes combaten-como ellos- a los violadores de los Derechos Humanos, a la delincuencia organizada y a los terroristas.
Por favor difunda esta información. Las familias de los Cinco luchadores contra el terrorismo están sufriendo así como millones de personas honestas en todo el mundo que conocen el caso.
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