martes, octubre 31, 2017

La Asamblea Constituyente del 57 y el Artículo 14 bis



Asamblea Constituyente de 1957. A la derecha el socialista Alfredo Palacios

El 25 de octubre de 1957 se sancionaba el Artículo 14 bis de la Constitución Nacional, y tiene su historia.

Situación política, ecónomica y social hacia 1957

Pasados dos años del golpe del 55, la situación de los partidos políticos, mostraba al peronismo prohibido, proscrito y reprimido, con muchos de sus dirigentes y militantes presos o en el exilio. Dentro del radicalismo, la unidad ideológica no era demasiado sólida, lo que llevaría a la fractura, dividiéndose en la Unión Cívica Radical Intransigente (UCRI) y la Unión Cívica Radical del Pueblo (UCRP).

El golpe de Estado de 1955

Por el Decreto 3.838, del 12 de abril de 1957, el gobierno dictatorial de la autodenominada Revolución Libertadora declaró necesario considerar la reforma parcial de la Constitución de 1853, con las reformas de 1860, 1866 y 1898. Para tal fin, se llamó a elecciones de representantes para una Convención Constituyente, conforme al sistema electoral de representación proporcional.
El Interventor de la CGT, Capitán de Navío Alberto Patrón Laplacette dirigió el 1º de mayo en 1956 un mensaje radial para todo el país, en el cual fijó los objetivos de los golpistas frente al mundo sindical, afirmando que “Todos sabemos por qué fue intervenida la CGT. Triunfante la Revolución que por ser pura, tal vez demasiado ingenua, los dirigentes sindicales que medraron al amparo del régimen depuesto, esos dirigentes, llenos de culpas y de dinero mal habido, arrastran a sus compañeros a una huelga general política. Esa huelga que nació muerta, que no tuvo calor popular, que podía haber perturbado aún más la marcha del país, ya exhausto por diez años de saqueos, originó, como digo, la intervención de la central obrera y sus organismos”. Después de destacar el apoyo de las FF.AA a “la acción de los trabajadores”, manifestó “que no se interprete torcidamente, no se ha pretendido suplantar a los trabajadores de las direcciones de sus organizaciones, pero entiéndase bien: a los trabajadores. Hemos sustituido sí a quienes titulándose trabajadores, los vendían ignominiosamente”.
Luego expresó: “De esta experiencia los gremios saldrán renovados, con nueva vida, difundidas, con un nuevo espíritu: trabajar por sus derechos y conquistas sindicales, sin intervenir en la política y sin sometimiento de ninguna especie de ningún partido y menos aún de ningún hombre. Los trabajadores deben saber elegir bien por la experiencia y por la libertad de que gozan, porque no tendrán ambiciones políticas ni estarán atados al carro de ningún tirano. Además, en las próximas elecciones en los sindicatos sabrán elegir bien, porque se cuidaran de los comunistas como siempre lo han hecho. Los comunistas no construyen, destruyen. Felizmente son pocos, pero desgraciadamente están organizados. Ellos hacen huelgas con cualquier motivo, no tienen problemas, sus salarios perdidos le son abonados y no precisamente por los patrones. A esa gente que no cree en el país, que basa sus inspiraciones en regímenes extraños, repudiados por todos los hombres libres, no hay que seguirlos”.
Fueron varias las medidas adoptadas por los trabajadores contra los atropellos y la mano dura de las patronales, como el boicot, trabajo a desgano, sabotajes, incluso la huelga. De las fábricas a los barrios obreros, se fue extendiendo una red de solidaridades anónimas, ayudando y colaborando con los cientos de detenidos y perseguidos.
Las comisiones internas fueron las más agredidas, pero fueron reemplazadas y desde la clandestinidad tomaron en sus manos las respuestas obreras.
Las luchas salariales de fines de 1956 ayudaron a consolidar el movimiento de oposición. Se fueron dando paros de los trabajadores de los gremios metalúrgicos, construcción, calzados, gráficos, textiles, carne. Por otra parte, surgieron diferencias y oposiciones entre viejos y nuevos líderes sindicales. Entre estos últimos estaban Vandor, Gazzera, Olmos.
A partir de la aplicación del Plan Prebisch, la carestía aumentaba mes a mes. Desde enero, 3000 obreros y obreras de la empresa Philips durante varias jornadas reclamaron el reconocimiento de los delegados y la comisión interna. Se sumaron al conflicto los obreros de Siam, Piazza, Siambreta.
Las luchas se extendieron a los obreros de la construcción de Mar del Plata, al frigorífico La Negra, del caucho, textiles, bancarios que reclamaban el reconocimiento de sus representantes, levantamiento de las intervenciones y aumentos salariales. Los bancarios lograron una “ayuda de emergencia” de $400 mensuales para el periodo de diciembre de 1955 a febrero de 1956. Además el gobierno, a mediados de febrero, decretó un sueldo mínimo de $1120 y un aumento del 10% sobre los sueldos que excedieran el mínimo.
Para finales de marzo, los golpistas decretaron que habría elecciones de delegados a las comisiones paritarias para discutir los convenios colectivos de trabajo, que se realizarían bajo el control de las intervenciones militares. El decreto encerraba una serie de medidas discriminatorias, de exclusiones, tramposas, carentes de elementales normas de democracia. Entre las instrucciones del interventor de la CGT podemos mencionar que no podían ser electos los obreros menores de 25 años, ni los extranjeros, y tampoco los que estaban “comprendidos en las inhabilitaciones para ejercer la representatividad gremial”, los peronistas y comunistas. Por esos motivos los comicios estuvieron viciados de una serie de irregularidades, lo mismo sucedió con las comisiones paritarias en las discusiones de los respectivos convenios.
El presidente provisional en su discurso del 1º de Mayo anunció que en un lapso de 150 días todo quedaría normalizado, pero pasaron luego varios meses antes de que se concretaran. Posteriormente las elecciones se realizaron con una serie de irregularidades.
Durante los últimos tres meses del año volvieron con intensidad los conflictos. A fines de octubre, el gremio textil realizó un paro de 24 horas, que obligó al Ministerio de Trabajo a convocar al Comité de Huelga, y posteriormente se desató una violenta represión con allanamientos de domicilios, persecuciones, detenciones y despidos en las grandes empresas. En noviembre se sumaron los bancarios y los telefónicos por salarios, siendo intervenido el sindicato. Finalmente lo hicieron los trabajadores ferroviarios, construcción, transporte automotor, del tabaco, de la carne, gráficos, metalúrgicos.
Todas esas luchas dejaron una gran experiencia en el movimiento obrero, a pesar de las modestas conquistas logradas.
Un sector del movimiento obrero, a comienzos de 1957, creó la “Comisión Intersindical de Gremios Normalizados”, que decidió para el 1º de mayo realizar en todo el país actos públicos. En Rosario, la asamblea sindical se hizo bajo el lema “Por una Central Única, la CGT, y su inmediata entrega a los trabajadores”, con estos reclamos: “Por la defensa y autonomía de las delegaciones regionales del Ministerio de Trabajo, Por un solo sindicato por industria, Contra la carestía de la vida, Por la fijación de precios máximos, Por el salario vital, mínimo y móvil, Por la inmediata libertad de todos los presos gremiales sin causas ni procesos, Por la derogación de la Ley de Residencia 4144, Por el levantamiento del estado de sitio, Por la derogación de los decretos de prórroga de los convenios y pago de la retroactividad, Por el levantamiento de las inhibiciones, Por la derogación de todos los decretos represivos”.
Un Plenario Nacional de la Comisión Intersindical convoca a un paro general para el 12 de julio, que fue todo un éxito, y obligó al gobierno provisional a liberar a la mayoría de los presos gremiales y políticos, levantar el estado de sitio y conceder algunas mejoras, como el salario familiar.
Para esa época, existían cuatro agrupamientos obreros, la CGT Única Intransigente, el Comando Sindical, la CGT Negra, y la CGT. En julio se unificaron en la CGT Auténtica, cuyo secretario general fue Andrés Framini.
Luego de las elecciones de convencionales para reformar la constitución del 53, la disputa pasó al plano sindical. El 1° de septiembre de 1957, el diario La Prensa tituló “Estallaron bombas en varios sitios de esta ciudad”, informando que los hechos habían sucedido en los baños de los cines Metropolitan, Sarmiento y Luxor, en un subte de la línea B cuando salía de la estación Carlos Pellegrini, en vías del Ferrocarril Mitre entre las calles Cramer y Arredondo, interrumpiendo el servicio, y en un subte al llegar a la estación Río de Janeiro. En ninguno de los casos se informaron sobre víctimas.
Durante la campaña electoral, la UCRP puntualizo especialmente que “la UCR, era la de siempre, la de Alem e Yrigoyen, donde militan hombres como Balbín, Zavala Ortiz, Larralde, Sabattini” y sostenía los siguientes principios: Libertad Sindical, Reforma Agraria, para que el Agricultor sea Dueño de la Tierra, Defensa de la Libertad y Seguridad del Trabajador Argentino, Derecho de Huelga, Código Nacional del Trabajo, Limitación de las facultades del Presidente de la República, Defensa de YPF y del Petróleo Argentino.
Las elecciones se realizaron el último domingo de julio de 1957. Con el peronismo proscrito, éste votó en blanco.

EN BLANCO 2.1115.861VOTOS
UCR DEL PUEBLO 2.106.524 VOTOS
UCR INTRANSIGENTE 1.847.603 VOTOS
SOCIALISTAS 525.721 VOTOS
DEMOCRISTIANOS 420.606 VOTOS
PARTIDOS DE CENTRO 47.695 VOTOS
DEMÓCRATAS 269.089 VOTOS
DEMÓCRATAS PROGRESISTAS 263.915 VOTOS
COMUNISTAS 228.451 VOTOS

A pesar de este resultado, por la aplicación del sistema D` Hont, de representación proporcional, la UCRP obtuvo 75 bancas en la convención y la UCRI 77. Por el rechazo de la reforma estaban la UCRI, Unión Federal y el Partido Laborista: 80 convencionales, en favor los demás partidos: 123 delegados.
El Partido Comunista obtuvo tres bancas, que fueron ocupadas por Rodolfo Ghioldi, Pedro Tadioli e Irma Othar.
Al comenzar las sesiones plantearon la nulidad de la Convención, por parte de la UCRI lo hicieron Oscar Alende, Oscar López Serrot, pero también lo hicieron otras fuerzas como el Partido Laborista -Cipriano Reyes, Ricardo Ovando-, el Partido de los Trabajadores: Juan C. Deghi y la Unión Federal: Enrique Ariotti.
Básicamente se denunciaba al gobierno de facto sin facultades para derogar una Constitución, declarar la necesidad de la reforma constitucional e impedir la participación del peronismo. Denunciaron que el verdadero objetivo de la Convención era convalidar el retorno a la Constitución de 1853 y eliminar definitivamente los derechos sociales y económicos establecidos por la Constitución de 1949.
La UCRP, el Partido Socialista (Alfredo Palacios, Nicolás Repeto, Américo Ghioldi, Teodoro Bronzini), el Demócrata Progresista, Demócrata Cristiano y los Conservadores (Luis M. Otero Monsegur, y Emilio Hardoy), votaron a favor de la legalidad de la Convención Constituyente.
Pero además, aún dentro de la UCRP existían divisiones: Por un lado, los unionistas, liderados por Miguel Ángel Zavala Ortiz, máximo favorito de los fusiladores para la sucesión de Aramburu, luego fue canciller de Illia, y donde militaban Perette, Sammartino –aquel del aluvión zoológico-, Tamborini, Mosca, Mor Roig; por otro, los sabbatinistas, conducidos por el cordobés Amadeo Sabattini, representaban el residual sector de centroizquierda nacional y popular del partido –un poco herederos del yrigoyenismo, no tan lejanos a Perón, Sabattini hasta recibió la propuesta de ser vice en 1946-; y, por último, el sector de Balbín, con una postura intermedia entre ambos, abiertamente antiperonistas como los unionistas, pero no del todo renuentes al legado social del texto de 1949.
En esas circunstancias las 62 Organizaciones, resolvieron un paro general de 48 hs para los días 22 y 23 de octubre. El ejército rodeo las fábricas y patrullo las calles, los soldados fueron instruidos en el manejo de los tranvías, y se intervinieron el Sindicato Gastronómico de la Capital Federal, la Unión Tranviarios Automotor, ATE, y la Federación Aceitera, y varios sindicatos fueron allanados. Profusos carteles murales y una campaña por radio y TV pretendieron tergiversar los motivos de la huelga y difamar a sus dirigentes. El paro fue total.
Después del paro, las 62 Organizaciones emitieron una declaración en la que señalaron el éxito del paro, denunciaron la responsabilidad del gobierno por su negativa a satisfacer los reclamos obreros, se pronunciaron contra todo nuevo golpe de Estado y reiteraron el petitorio que motivo la lucha: 1) aumento general de emergencia para hacer frente a la carestía de la vida; 2)libertad inmediata de todos los presos gremiales y levantamiento del estado de sitio; 3) derogación de los decretos 824 y 10.596, de prórroga de los convenios y reglamentación de huelgas, más los siete decretos de “incentivación de trabajo” que anulan las conquistas obreras; 4)solución de los conflictos de los gremios de telefónicos, telegrafistas y vestido; 5) reanudación del congreso de la CGT.

Se sanciona el artículo 14 bis

Tras el retiro de la Constituyente de los diputados de la UCRI, se hizo difícil mantener el quórum. Crisólogo Llarralde, entonces presidente de la UCRP, debió realizar más de un viaje a Santa Fe para lograr que al menos se votase el Artículo 14 bis.
En la elaboración de dicho artículo, tuvo un papel destacado el convencional entrerriano Luis María Jaureguiberry, de la UCRP, quien en el debate definió la iniciativa como una transacción de contenido histórico entre los que querían mantener la intangibilidad de la Carta Magna del ‘53 en su redacción y los que deseábamos colocarnos en nuevos tiempos para no marchar a la zaga en principios de avanzada social.
El Artículo 14 bis, contiene tres tipos de derechos. En el primer párrafo, contiene los derechos personales del trabajador en relación de dependencia; en el segundo, reconoce los derechos colectivos del trabajo, propios de las asociaciones gremiales y, finalmente, otorga los derechos de la seguridad social atribuidos a la persona, sean trabajadores en relación de dependencia o no, y a la familia.
Plantea que: “El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor; jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección; protección contra el despido arbitrario; estabilidad del empleado público; organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial”.
“Queda garantizado a los gremios concertar convenios colectivos de trabajo; recurrir a la conciliación y al arbitraje; el derecho de huelga. Los representantes gremiales gozarán de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y las relacionadas con la estabilidad de su empleo”.
“El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable. En especial, la ley establecerá: el seguro obligatorio, que estará a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica administradas por los interesados con participación del Estado, sin que pueda existir superposición de aportes; jubilaciones y pensiones móviles; la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna”.
El Dr. Horacio Zamboni, dijo en el 2010, en su discurso en el Primer Plenario de Delegados de la Federación de Trabajadores del Complejo Industrial Oleaginoso, Desmotadores de Algodón y Afines, sobre uno de los puntos fundamentales de dicho artículo “¿En qué consiste el Salario Mínimo Vital y Móvil, y desde cuándo se plantea? Se lo hace desde el siglo XIX, y como una defensa sobre todo, y esto lo sigue siendo hoy, para los trabajadores que no están sindicalizados. Porque no tienen modo de defenderse. Entonces, la Ley dice, que independientemente de lo que pacten los contratos individuales, las relaciones de dependencia, porque vamos a ser claros compañeros, en medio del campo el peón no está en condiciones de discutir con el patrón, y decirle “quiero 5 pesos más”. Lo manda a la calle con la familia”.
“Entonces, esta Ley, que no se establece por primera vez acá, sino en Australia, a fines del siglo XIX, por razones distintas, porque en el campo no pagaban los salarios, entonces nadie se iba al campo, y el gobierno lo estable-ció”.
“El Salario Mínimo Vital, lo de Móvil viene después con la inflación, cuando pierde valor la moneda. Vamos a tener que ver esto, porque hay un proceso inflacionario, tenemos que discutir si este proceso va a ser hiper-inflacionario, si la inflación va a ser muy grande. El convenio colectivo vigente tiene la Comisión Salarial Permanente para este tipo de casos. Y alguna vez se han reajustado cuando los salarios eran, lamentablemente, muy bajos”.
¿Cómo define el Decreto 33.302 de 1945 el Salario Mínimo Vital? “Salario vital mínimo es la remuneración del trabajo que permite asegurar en cada zona, al empleado y obrero y a su familia, alimentación adecuada, vivienda higiénica, vestuario, educación de los hijos, asistencia sanitaria, transporte o movilidad, previsión, vacaciones y recreaciones".
“Esto debe ser estimado por un sistema que fija el Decreto. Y acá la realidad fue más rica que esta reivindicación que es anterior al peronismo, pero que se concreta en el programa político del peronismo, en el ‘45 y en el ‘46. Aunque ya dije, en el sindicalismo el Salario Mínimo Vital se reclama desde el siglo XIX. ¿Cómo se determina esto? Se determina por un Consejo que crea el propio Decreto, que además es zonal, porque el costo de vida es distinto. Por ejemplo, no es lo mismo Capital Federal, Formosa, el Chaco, o las zonas del sur. Se define que debe cubrir todo eso. En vez, en Argentina cuando se ha sometido a la negociación salarial, terminó violando sistemáticamente este principio, que está consagrado en el Artículo 14 bis de la Constitución, sobre todo a partir del ‘76 y durante la era menemista. ¿Por qué? ¿Qué es lo que impuso? Se impuso la teoría contraria a esto, la teoría primitiva, del capitalismo primitivo, la del patrón de estancia, la del dueño de las fábricas, la de la omnipotencia del capital, “el salario lo fijo yo y el mercado, voz trabajás por tanto, si no te gusta te vas”.
“Esta fue, más o menos, la realidad del trabajador individual y de las organizaciones sindicales. Que sea que estaba prohibido por los militares, o que sea que estuvieran acosados por el proceso de precarización laboral, que alcanza su punto máximo con el menemismo. Las organizaciones sindicales tienen el derecho a la negociación colectiva, pero no sacan nada, no pueden sacar nada, no van a la huelga porque están asustados, pero también hay que decirlo, en algunos casos las direcciones sindicales traicionaron a las bases. Porque iban y firmaban salarios a la baja.
Porque iban y firmaban negociando, por ejemplo, que la hora de trabajo se componga, me acuerdo de los mineros, cuando llegan a la boca de la mina, y no en la hora de ingreso al establecimiento, con lo cual se comían dos horas de salario. Tiempo trans-currido, viajando en el camión para llegar a la mina”.
“En esta situación este principio y esta política se olvidó. Los convenios no lograban mantener, porque, recordemos compañeros, que desde el Golpe Militar hasta hace muy poco tiempo, el nivel del salario real cayó en más de 50 %. Los trabajadores pasaron a ganar, la mitad de sus salarios. Y en algunos casos, y estamos hablando de trabajadores formales, mucho más. Con lo cual, dicho sea de paso, se achicó el mercado interno, cayó la industria, con lo cual se produjo un espiral hacia abajo, como dicen los economistas, en vez de una espiral hacia arriba”.
Por su parte el Dr. Matías Cremonte, explicó sobre el derecho de huelga que está en el Artículo 14 bis “El antecedente había sido la Constitución peronista de 1949, que fue totalmente distinta y cambió de paradigma incorporando derechos sociales, pero de la huelga no decía nada. El redactor y autor intelectual de 1949 fue el constitucionalista Arturo Sampay y argumentaba que no estaba porque la consideraba un hecho, una libertad natural que tienen los trabajadores”.
Afirma además que en su segundo párrafo queda garantizado a los gremios el derecho de huelga. “Si uno se pregunta qué quiso decir con gremio y por qué no dijo sindicato, u organización sindical, hay que recordar que no son sinónimos. En los debates de la Convención Constituyente se dieron discusiones muy interesantes, donde se explicaba que es un derecho de los gremios y que se entiende al gremio como el colectivo que corresponde a una misma actividad o profesión u oficio, es el género. El sindicato es la especie, la asociación que deciden, o no, formar voluntariamente los trabajadores de ese gremio”.
Finalmente, la Ley de Asociaciones Sindicales (23.551) menciona a la huelga como derecho de los sindicatos, pero de ninguna manera se puede interpretar como derecho exclusivo de los sindicatos. Es decir, indudablemente los sindicatos pueden convocar a medidas de fuerza, pero los trabajadores sin el sindicato, también.

Leónidas Ceruti
Historiador

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