Sigue existiendo una creencia generalizada entre economistas u analistas políticos que los resultados macroeconómicos en Argentina son el resultado de serios errores por parte del Gobierno de Cambiemos. Obviamente esta idea se ve reforzada por la impericia e ignorancia militante de su dirigencia. Encabezada por un presidente que maneja un vocabulario que no supera las ciento cincuenta palabras, menos que las de un campesino de la edad media y demuestra en todo momento no haber leído un libro importante en su vida.
Los resultados de la economía: inflación reconocida superior al cuarenta y siete porciento, real superior al ochenta, dólar por encima de los cuarenta pesos, incremento incesante de las tasas de interés, aumento de la pobreza y la desocupación, cierre constante de industrias y comercios, crisis de las economías regionales, fracaso absoluto respecto a la llegada de inversiones y otro tantos indicadores de profundización de la crisis. Estos no son errores de gestión sino que por el contrario son decisiones de gobierno tendientes a beneficiar solamente a un sector concentrado y selecto de la sociedad. Cambiemos ha reeditado y declarado la lucha de clases y deberá hacerse cargo de esto.
Cuando se analiza la historia social de los grandes países del mundo se encuentra que la mayoría de ellos ha atravesado por tremendas guerras civiles cuyo principal resultado ha sido la destrucción de la sociedad del privilegio. Nuestro país no tuvo una guerra civil de esas características, esta es quizás una asignatura pendiente de su historia que ciertos y selectos grupos de nuestra sociedad han sabido aprovechar para situarse dentro del tejido social preservando su diferenciación.
Estos sectores: la vieja oligarquía terrateniente, los nuevos ricos del siglo veinte, los grupos económicos surgidos al amparo de la última dictadura, el sector petrolero, los bancos, las empresas privatizadas en los noventa y algunas pocas actividades concentradas son los destinatarios de las políticas de Cambiemos y los grandes apropiadores de los excedentes económicos de los últimos tres años.
Esta situación nos conduce a reconocer dentro de la Ciencia Política a un nuevo tipo de Dictadura que se suma a las tipologías tradicionales: La de los regímenes conformados por una Elite que gobierna para sí misma y para otras elites altamente concentradas. Eso es Cambiemos , una dictadura.
El derecho de rebelión, derecho de revolución o derecho de resistencia a la opresión es un derecho reconocido a los pueblos frente a gobernantes de origen ilegítimo o que teniendo origen legítimo han devenido en ilegítimos durante su ejercicio, que autoriza la desobediencia civil y el uso de la fuerza con el fin de derrocarlos y reemplazarlos por gobiernos que posean legitimidad.1
El derecho a la resistencia frente al tirano, que ha llegado a justificar la muerte de éste, se puede encontrar en la Antigüedad. Así ya Platón trató el tema de la tiranía y del derecho del pueblo a defenderse contra el tirano y la injusticia. A partir de él, numerosos autores han desarrollado el tema a lo largo de la historia, tales como San Isidoro de Sevilla y Santo Tomás de Aquino.2
Este derecho puede considerarse implícito en la Declaración de Independencia de los Estados Unidos de 1776, que en su párrafo más famoso declara:
Sostenemos como evidentes estas verdades: que todos los hombres son creados iguales; que son dotados por su Creador de ciertos derechos inalienables; que entre éstos están la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad; que para garantizar estos derechos se instituyen entre los hombres los gobiernos, que derivan sus poderes legítimos del consentimiento de los gobernados; que cuando quiera que una forma de gobierno se haga destructora de estos principios, el pueblo tiene el derecho a reformarla o abolirla e instituir un nuevo gobierno que se funde en dichos principios, y a organizar sus poderes en la forma que a su juicio ofrecerá las mayores probabilidades de alcanzar su seguridad y felicidad.
El derecho a la resistencia fue incluido de forma explícita en la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (1789) de la Revolución francesa, pero se encuentra más desarrollado en los tres últimos artículos de la que se redactó nuevamente el 24 de junio de 1793:
Artículo 33. La resistencia a la opresión es la consecuencia de los demás derechos del hombre.
Artículo 34. Hay opresión contra el cuerpo social cuando uno solo de sus miembros es oprimido. Hay opresión contra cada miembro cuando el cuerpo social es oprimido.
Artículo 35. Cuando el gobierno viola los derechos del pueblo, la insurrección es, para el pueblo y para cada una de sus porciones, el más sagrado de los derechos y el más indispensable de los deberes.3
Miguel de Cervantes ya afirmaba algo parecido a este último artículo: "Por la libertad, así como por la honra, se puede y debe aventurar la vida" (Don Quijote, II, cap. 58). La Carta fundacional de las Naciones Unidas (ONU) reconoce este derecho de forma implícita, estableciendo no obstante que las partes se deben someter a las decisiones de su Consejo de Seguridad, que componen quince estados, los cinco con derecho a veto y diez más que ejercen su función por un periodo determinado y rotativo.4
En la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, este derecho no es reconocido explícitamente, pero sí implícitamente en el Preámbulo:
Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión;
Es la es la hora del pueblo, es la hora de la reacción, es la hora de la rebelión popular. Están en juego nuestro futuro, nuestra familia y nuestra patria.
Luis Yanes
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